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NOTARIA DE FE PÚBLICA
Información para el trámite de Poderes Generales y
Especiales
Poderes firmados ante el Consulado
El poderdante o mandatario debe presentarse ante el
Consulado con documento de identidad vigente
(pasaporte y/o Cédula de identidad) para la firma.
El Cónsul o Agente Consular en calidad de Notario
firmará el Poder.
Procedimiento:
•
Envío de la Instructiva de Poder, formato Word, al
correo electrónico
rvillarroel@colivian.la-com,
las Instructivas de Poderes las elabora el abogado
en Bolivia.
Si no es posible enviar la Instructiva se deberán
enviar los datos pertinentes al Poder: nombres y
documentos de identidad del poderdante, apoderado y
fines del poder.
•
Confirmación de la recepción del mismo y cita para
la firma del poder (lunes a viernes de 9:00 am a
2:00 pm). Comunicarse con Ruzena Villarroel en el
Consulado.
Poderes firmados ante Notario
El poder es firmado ante notario. No necesita la
presencia del poderdante o mandante para la
legalización del poder en el consulado, puede
enviarse por correo regular para su legalización.
Procedimiento:
1.
Notario de Estados Unidos (firma el poder en
base a la Instructiva de poder).
2.
County Clerk firma (sólo en el Estado de
California).
3.
Oficina de la Secretaria de Estado (Firma del
Secretario de Estado).
4.
Consulado General de Bolivia (legalización).
El poder deberá ser enviado al Consulado adjuntando
un sobre pre pagado y el Money Order respectivo. La
duración del trámite es de 2 días hábiles desde la
recepción del documento,
Poderes para cobro de Rentas de Jubilación
Los Poderes para el cobro de rentas de jubilación
solo requieren la firma del Notario y la
legalización del Consulado (no es necesaria la firma
del County Clerk ni del Secretario de Estado).
Arancel en Timbres
(Consulado)
ü
85 $us.
Venta de bienes inmuebles, procesos judiciales,
poderes que requieren protocolización, etc.
ü
17 $us.
Cartas poderes para un sólo trámite administrativo y
Cartas poderes para cobro de rentas de jubilación.
ü
Libre
(gratis) Cartas poderes para cobro de rentas de
benemérito.
Direcciones y Teléfonos de la Secretaria de Estado
en California:
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Sacramento
Notary Public Section
1500 11th Street, 2nd
Floor
Sacramento, CA 95814
Tel: (916)653-3595 |
Los Angeles
300 South Spring Street, Room 12513
Los Angeles, CA 90013
Tel: (213)897-3062 |
|
Mailing Address
Notary Public Section
P.O. Box 942877
Sacramento, CA 94277 |
San Diego
1350 Front Street, Suite 2060
San Diego, CA 92101
Tel: (619)525-4113 |
LEGALIZACION DE DOCUMENTOS
ir arriba
Nota importante: Todos los documentos a ser
legalizados en este Consulado General deben estar
acompañados de una fotocopia del documento, un sobre
pre-pagado (con la dirección del solicitante) en
caso de que sea enviado por correo y el Money Order
respectivo a nombre del Consulado General de
Bolivia.
Certificados
Los Certificados y/o documentos originales expedidos
en el Estado de California y otros: Nacimiento,
Matrimonio, Defunción, policial, documentos
judiciales y otros,
deben legalizarse en el siguiente orden:
1.
Oficina de la Secretaría de Estado (State
Certification).
2.
Consulado.
Copias de documentos públicos
Las copias de documentos oficiales (certificados,
documentos de corte, acuerdos judiciales, etc.),
deben estar legalizadas en el siguiente orden:
1.
Funcionarios de archivo “Recorder Seal”
2.
Secretaría de Estado
3.
Consulado
Documentos notariados (traducciones, certificados de
notas, diplomas declaraciones)
Los documentos firmados por Notarios, luego deberán
ser legalizados en el siguiente orden:
1.
County Clerk (solo para el estado de
California).
2.
Secretaria de Estado (Notary Certification).
3.
Consulado.
Certificado de Sanidad Animal
Certificado Internacional de salud, (certificación
de vacunas), firmado por funcionario del
Departamento de Salud y Agricultura.
ARANCEL EN TIMBRES
(Consulado).
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Certificados:
·
17 $US para bolivianos
·
43 $us extranjeros |
Documentos comerciales y judiciales:
·
85 $US
|
|
Certificados de estudios o similares:
·
2 $US bolivianos
·
17 $US extranjeros |
Certificados de Sanidad Animal:
·
85 $US
|
|
Diplomas Académicos:
·
34 $US bolivianos
·
170 $US extranjeros |
Certificado Bromatológico:
·
43 $US
|
|
Para legalizaciones que no figuran en este
cuadro
Llamar a los teléfonos del Consulado o enviar un
email de consulta. |
(213)388-0475 / (213)388-0957
rvillarroel@colivian-la.com
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CERTIFICADO
DE VIDA (VIVENCIAS)
ir arriba
El Certificado de Vida es un documento trimestral
para fines de cobro de renta de jubilación el que
certifica que el titular aun vive y el domicilio o
residencia donde vive.
Los Certificados de Vida trimestrales, van en el
siguiente orden:
o
1er trimestre (enero, febrero y marzo).
o
2do trimestre (abril, mayo y junio).
o
3er trimestre (julio, agosto y septiembre).
o
4to trimestre (octubre, noviembre, diciembre y
aguinaldo).
El trámite es gratuito.
Si el documento es expedido en el consulado se
requiere la presencia del solicitante portando un
documento boliviano de identidad: Pasaporte o Cédula
de Identidad vigentes.
En caso de enviarse por correo para su legalización,
la vivencia debe ser firmada por Notario de Fe
Pública y se adjuntará un sobre con su dirección,
para la devolución del documento.
Ejemplo de Certificado de Vivencia cuando es firmado
por Notario de Fe Pública y es enviado por correo.
OFICIALIA DE REGISTRO CIVIL
CERTIFICADO
DE NACIEMIENTO CONSULAR
ir arriba
El Decreto Supremo No. 0216 del 22 de julio de 2009
tiene por objeto establecer el procedimiento para
formalizar la adquisición de la Nacionalidad
Boliviana de los hijos nacidos en el extranjero de
madre boliviana o padre boliviano.
La adquisición de la nacionalidad boliviana de los
hijos nacidos en el extranjero se perfecciona una
vez concluida la formalidad de la inscripción en los
Libros de Registro de Nacimiento en los Consulados
del Estado Plurinacional de Bolivia.
Requisitos:
ü
Ser menor de 12 años de edad y de madre o padre
bolivianos.
ü
Nota dirigida al Cónsul General solicitando la
inscripción del menor y la extensión del
Certificado de Nacimiento Consular indicando lo
siguiente:
o
Nombres completos de los niños que serán inscritos
y de ambos padres.
o
La dirección exacta donde viven y números de
teléfono.
o
Ocupación de los padres.
o
Cuál de los padres firmara el libro como
Declarante (este necesariamente debe ser boliviano
de nacimiento).
o
La madre debe indicar cuantos partos tuvo y
cuántos hijos vivos tiene entre varones y mujeres
ü
Original y fotocopia de los documentos de
identidad del padre o madre bolivianos como
Pasaporte y/o Cedula de Identidad (o de ambos si
son bolivianos).
ü
Original y fotocopia de los documentos de
identidad del padre o madre no bolivianos, como
pasaporte y/o ID.
ü
Fotocopia del Certificado de Matrimonio si son
casados o indicar su estado civil: soltero(a),
separado(a), divorciado(a), viudo(a),
concubino(a).
ü
Certificado de nacimiento original y fotocopia del
menor (el que será devuelto después de firmar los
libros).
ü
Estos documentos deberán ser enviados en fotocopia
por correo, o por email
info@colivian-la.com,
consulado@colivian-la.com
(correctamente escaneados), con dos semanas de
anticipación.
ü
Después de las dos semanas, llamar al Consulado y
solicitar día y hora para la firma de libros y
entrega de los certificados. En lo posible ambos
padres deben presentarse en el consulado, de otra
forma el declarante en compañía de los menores
inscritos (requisito indispensable si el o los
menores tienen 7 años cumplidos o más).
CERITIFICADO DE MATRIMONIO
ir arriba
Requisitos:
CERTIFICADO DE DEFUNCION
Requisitos:
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